María Muñoz Soler

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Divorcio contencioso

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Divorcio contencioso

El divorcio contencioso es el proceso judicial que llevan a cabo los cónyuges cuando no se puede llegar un acuerdo para disolver el matrimonio.

Es el procedimiento al que acudimos cuando no haya sido posible alcanzar un acuerdo de divorcio. No obstante, es importante conocer la posibilidad que existe en cualquier momento del proceso contencioso de llegar a un acuerdo entre las partes y reconducir el proceso al mutuo acuerdo.

En el procedimiento contencioso la decisión final sobre las medidas que van a regular el futuro de la familia la tomará un tercero, el/la Juez/a, y, en consecuencia, una de las partes, o incluso ambas, podrán no estar conformes.

El procedimiento se iniciará con una demanda de divorcio, instada por uno de los cónyuges (demandante), en la que solicitará las medidas que interesa vayan a aplicarse tras el divorcio. Estas medidas deberán ser todas aquellas relativas a las cuestiones personales y económicas/patrimoniales, tanto entre los cónyuges como respecto a los hijos comunes, de haberlos.

La demanda se tramitará dando lugar al Procedimiento de Divorcio Contencioso. Dicha demanda será notificada al otro cónyuge (demandado), quien tendrá un plazo 20 días hábiles para contestarla.

En la contestación a la demanda también se solicitarán las medidas personales y económicas interesadas por el otro cónyuge (demandado). Además, el demandado podrá solicitar nuevas medidas mediante lo que se denomina “demanda reconvencional”.

De existir demanda reconvencional, esta se trasladará al otro cónyuge para que la conteste q en el plazo de 10 días hábiles. Pero no existe la réplica respecto al escrito de contestación del demandado (es decir, no existe el trámite de contestación a la contestación).

Con todo, el Juzgado señalará un día y hora para la celebración de la Vista del Divorcio.

Es importante conocer también la posibilidad de solicitar medidas provisionales, que permitirá obtener una resolución provisional (denominado “Auto de Medidas”), que fijará las cuestiones económicas y personales que deben regir entre los cónyuges y respecto a los hijos, hasta obtener la Sentencia definitiva.

El Proceso de Divorcio Contencioso finaliza con una Sentencia Judicial, en la que se fijarán todos los aspectos que deberán regir después del divorcio. Esta Sentencia podrá ser recurrida en el plazo de 20 días hábiles ante la Audiencia Provincial que corresponda.

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